La norma reemplaza el régimen de 1980, fija un tope de 15 años de encierro y prohíbe la prisión perpetua para adolescentes de 14 a 18 años.

El nuevo Régimen Penal Juvenil ya rige en el país. La ley 27.801, publicada en marzo, en el Boletín Oficial, reduce de 16 a 14 años la edad mínima para imputar a un adolescente. De esta manera, quienes cometan delitos entre los 14 y los 18 años tendrán un sistema de juzgamiento específico, distinto al de los adultos.
La normativa reemplaza al esquema anterior, vigente desde la década de 1980. Su objetivo central: promover la responsabilidad por los actos cometidos y favorecer la educación, la resocialización y la integración social de los jóvenes.
La legislación prohíbe la prisión o reclusión perpetuas para ese grupo etario. También establece un límite máximo de 15 años de privación de libertad, incluso cuando existan varios delitos cuyas penas sumadas superen ese plazo. Cumplidos los dos tercios de la condena en detención, el tribunal podrá disponer que el tiempo restante se cumpla con otras sanciones, siempre que exista un dictamen pericial favorable, la conformidad de la fiscalía y la opinión de la víctima.
Fuente: Minutouno