Tras el rechazo del Congreso, vuelven a funcionar organismos que Javier Milei intentó cerrar por decreto

Decidido a profundizar el ajuste, Javier Milei hizo uso de sus facultades delegadas para cerrar o fusionar organismos. Sin embargo el desguace del Estado encontró un freno en el Congreso de la Nación.

Este miércoles volvieron a funcionar una serie de organismos que el gobierno libertario había cerrado, fusionado o desregulado por decreto en su plan de desguace del Estado.

Así quedó plasmado en los Decretos 627/2025 y 628/2025 publicados hoy en el Boletín Oficial con las firmas de Milei y de todos los ministros que forman parte de su Gabinete.

De esta manera el gobierno libertario tuvo que dar marcha atrás con la fusión entre el Instituto Nacional Yrigoyeano y el Instituto Nacional de Investigaciones Históricas Juan Manuel de Rosas (Decreto 345/25); con la incorporación del Banco Nacional de Datos Genéticos como organismo desconcentrado de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología (Decreto 351/25); con la disolución de la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) (Decreto 461/25) y con la eliminación de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME) (Decreto 462/25).

Asimismo se dispuso la restitución de los objetivos originales del Teatro Nacional Cervantes (Decreto 531/2025); de la estructura organizativa del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) (Decreto 571/25) y de las facultades de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología (Decreto 583/25).

Además, incluyó el restablecimiento de las misiones del Director Ejecutivo de la Agencia de Control de Concesiones y Servicios Públicos de Transporte (Decreto 584/25) y las obligaciones de la Secretaría de Hacienda (Decreto 585/25).

Milei también tuvo que dar marcha atrás con los cambios intentó aplicar por medio del Decreto 340/2025, que aprobaba un nuevo “Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional”. En él también se había declarado a la navegación por agua marítima y/o fluvial como servicio esencial tanto como para el transporte de pasajeros, como para mercaderías lo que en la práctica implicaba un cercenamiento del derecho a huelga de los trabajadores del sector.

Fuente: MInutouno

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